lunes, 19 de marzo de 2012

Convención de Viena de Relaciones Consulares

Foto: EFE
Tras la triste muerte de la hija del cónsul honorario de Chile en Maracaibo surgen dudas sobre el respeto a la inmunidad diplomática. la verdad es que la Convención de Viena de Relaciones Consulares de 1963 (que entró en vigencia el 67) es bastante clara en plantear, en su artículo 58, número 3, que los privilegios diplomáticos expresados en el tratado "no se concederán a los miembros de la familia de un funcionario consular honorario, ni a los de la familia de un empleado consular de una oficina consular dirigida por un funcionario consular honorario".


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